12.06.2017

Exención del pago del precio de visado en proyectos para uso propio o de parientes

Secretario del COA Gran Canaria

Estimado compañero:

La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2017, adoptó, entre otros, el acuerdo cuyo texto se transcribe:

Interrupción de la vigencia de los acuerdos de Junta General del COAC de 15 de enero de 1981 y de Junta de Gobierno del COAC de 25 de noviembre de 1981 y 4 de junio de 1987. Acuerdos que procedan

Vista la fecha y el tenor de los acuerdos de referencia, que contemplaban la excepción a la obligación de abonar los honorarios a los proyectos de viviendas unifamiliares y estudios redactados por arquitectos para uso propio o de sus parientes en segundo grado de consanguinidad o afinidad, la Junta de Gobierno, toda vez que las resoluciones de referencia fueron adoptadas bajo un marco legal que discrepa por completo del vigente que las priva de aplicabilidad, acuerda establecer la exención del pago del precio del visado para los proyectos redactados por arquitectos colegiados en el COAGC que tengan por objeto la primera o segunda vivienda y su despacho profesional de sus redactores, así como la primera vivienda de sus parientes en primer grado de consanguinidad o afinidad.

Recibe un cordial saludo,

Antonio González Correa
Secretario

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